viernes, 15 de marzo de 2013

Curiosidades de la II República

En clase estamos viendo el tema de la II República y buscando curiosidades me he encontrado con estas:

Bandera e himno
La primera República (1873-1874) no cambió la bandera, la que vemos como la republicana española es solo la de la segunda República. La diferencia en la bandera de la segunda República fue añadir una franja morada como recuerdo a los comuneros de Castilla. La intención fue añadir un elemento castellano a una bandera que siempre ondeó más bien con los colores típicos de la zona española adscrita a la antigua corona de Aragón. Además, mantuvo el escudo de los antiguos reinos.
En cuanto al himno de la segunda República fue el himno del Teniente Coronel Rafael de Riego.




Censuras

Censura de prensa y duras limitaciones a la libertad de expresión: se impedía a cualquier ciudadano, asociación o medio de comunicación, ejercer la crítica al gobierno o al régimen.
Censura política e ideológica en las obras de teatro.
Censura en el cine a escenas "lujuriosas", que va en contra de lo que contaban mis compañeros, Ana e Ismael sobre la pornografía de Alfonso XIII. La censura suprimía escenas de desnudos, aquellas que tuviesen una cierta carga erótica e incluso cualquier mención a la prostitución o a los homosexuales.

Aquí podréis encontrar información sobre las películas censuradas.


Por último me gustaría hablar de una ley que me ha parecido muy curiosa, ¡La Ley de Vagos y Maleantes! Fue promulgada el 4 de agosto de 1933, durante la Segunda República, y fue un proyecto del gobierno izquierdista de Manuel Azaña. La versión original de la ley declaraba "en estado peligroso" a diversos individuos entre los que contaban los "vagos habituales" y los "ebrios". Los castigos iban desde multas al internamiento, pasando por la pérdida de dinero y demás posesiones.

Si aún queréis saber más sobre la Segunda República, os dejo dos páginas que me han parecido interesantes:
Estadísticas y crudas de la II República

Inmaculada Señas Olmedo
Historia   2º Bach. B

1 comentario:

  1. Hola Inma, me parece curiosa la entrada sobretodo la parte de la ley de vagos y maleantes jajajaja. Esa ley no vendría mal en algunos aspectos en la actualidad XD me hace gracia el artículo 2:
    Artículo 2º: Podrán ser declarados en estado peligroso y sometidos de la presente Ley:
    Primero. Los vagos habituales.
    Segundo. Los rufianes y proxenetas.

    Lo de vagos habituales jajajajjjajaa

    BUeno un saludo

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